UNICAJA BANCO SA condenada a abonar a nuestros clientes, como consecuencia económica de la nulidad de la cláusula suelo, unos 10.000.-€ apróximadamente.

LTG ABOGADOS & ARQUITECTURA interpuso demanda de declaración de nulidad de la cláusula suelo y reclamación de cantidad frente a UNICAJA BANCO SA, y el Juzgado de Primera Instancia nº20 de Málaga ha dictado Sentencia, de 15 de junio de 2021, estimando íntegramente la misma, declarando nula la cláusula suelo del préstamo hipotecario suscrito entre nuestros clientes (consumidores) y la entidad financiera en el año 2007, que se tenga por no puesta y deje de aplicarse la misma. Asimismo, a consecuencia de la nulidad, ha condenado a la entidad a abonar a nuestros clientes la cantidad aproximada de 10.000.-€, como consecuencia económica de la aplicación de la misma, más intereses legales y costas procesales devengadas.

No obstante, también se solicitó nulidad del acuerdo de modificaciones de condiciones financieras de dicho préstamo que las partes firmaron en 2015, pero en lo referente a dichos acuerdos, firmados a posteriori de la conocidísima Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013, el Magistrado aplica el criterio marcado por T.J.U.E en S. de 9 de Julio de 2020 (asunto C-452/2018) y alto Tribunal Supremo en Ss. nos. 580 y 581/2020, de 5 de noviembre, así como, el criterio acogido por nuestra Audiencia Provincial de Málaga, considerando válido dicho acuerdo de modificación de condiciones financieras firmados entre los clientes y la entidad, por tanto, no nulo.

LTG ABOGADOS & ARQUITECTURA

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