BANKIA condenada a abonar a una mecantil 8.075€, por el cobro indebido de comisiones devolución de efectos o pagarés previamente negociados.

El pasado 11 de Julio de 2019 la UPAD nº3 de Vélez Málaga dictó Sentencia condenando a BANKIA a devolver el importe de 8.075 euros a una mercantil del sector de la construcción, en concepto de comisiones de devolución por efectos devueltos, al haber sido las mismas cargadas indebidamente, pues como establece la sentencia «no correspondian a ningún servicio efectivamente realizado por la entidad», como ya venía defendiendo la defensa letrada de este despacho en los presente autos.

La normativa bancaria es clara al respecto;

«Las comisiones por operaciones o servicios prestados por las Entidades de
crédito serán las que éstas fijen libremente. No obstante, las Entidades de crédito
establecerán y harán públicas, previo registro en el Banco de España, unas tarifas de comisiones y gastos repercutibles con indicación de los supuestos y, en su caso, periodicidad, con que serán aplicables, no pudiendo cargar tipos o cantidades superiores a los contenidos en las mismas o conceptos no mencionados en ellas. Tales tarifas podrán excluir las comisiones derivadas de servicios financieros de carácter excepcional o singular, y, en los supuestos que el Banco de España determine, de aquellos otros enlos que intervenga apreciablemente el riesgo. En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Las comisiones o gastos repercutidos deberán responder a servicios efectivamente
prestados o a gastos habidos
«

La Sentencia puntualiza lo siguiente:

«Y es que como viene reiterando la jurisprudencia, aplicable de modo reflejo al caso de autos «(…) cualquier comisión que las entidades bancarias repercutan en los clientes, debe corresponder a la prestación de un servicio real acreditado, que es el que se remunera, según se infiere del artículo 277 del Código del Comercio (LEG 1885, 21) y de la naturaleza bilateral y contraprestacional de la propia comisión» (SAP de Málaga (Sección 4ª) de fecha 21 de febrero de 2012) «

Gracias a la defesa del despacho LTG Abogados&Arquitectura la mercantil ha recuperado un importe que a priori consideraba perdido. Pongase en contacto con nuestro equipo si se encuentra en una situación similar.

Ir al contenido